Calculadora de indemnización laboral
Despido injustificado completo: 3 meses + 20 días/año + salarios caídos + prima de antigüedad.
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años
días
meses
Indemnización laboral total
$223,740
Indemnización constitucional (3 meses)$45,000.00
20 días por año trabajado$49,315.07
Salarios caídos$90,000.00
Prima de antigüedad$29,589.04
Vacaciones + prima vac.$6,147.49
Aguinaldo proporcional$3,688.50
¿Qué es la indemnización laboral en México?
La indemnización laboral es el conjunto de pagos que el patrón debe hacer al trabajador cuando termina la relación laboral de forma injustificada. Está regulada por los artículos 48, 49, 50, 52 y 162 de la Ley Federal del Trabajo.
Componentes de la indemnización
- 3 meses de salario (indemnización constitucional, Art. 50 LFT)
- 20 días de salario por año trabajado (Art. 50 LFT)
- Salarios caídos: los salarios que dejaste de percibir durante el proceso legal, con tope de 15 meses más 2% mensual de interés a partir del mes 16 (reforma 2021)
- Prima de antigüedad: 12 días × años × salario (tope 2× SMG diario)
- Aguinaldo proporcional al año en curso
- Vacaciones y prima vacacional proporcionales
Indemnización = (3 meses) + (20 días × años trabajados)
+ salarios caídos + prima antigüedad
+ aguinaldo prop. + vacaciones prop.
+ salarios caídos + prima antigüedad
+ aguinaldo prop. + vacaciones prop.
Reforma 2021 — Salarios caídos: La reforma laboral de 2021 limitó los salarios caídos a un máximo de 15 meses. A partir del mes 16, el trabajador puede recibir en su lugar un 2% mensual de interés sobre 15 meses de salario. Antes de la reforma no había límite.
¿Despido justificado vs. injustificado?
Solo en despido injustificado el trabajador tiene derecho a la indemnización de 3 meses + 20 días/año. En despido justificado (por causa grave como robo, violencia, etc., Art. 47 LFT), solo corresponde el finiquito (vacaciones, aguinaldo proporcional y prima de antigüedad).
Preguntas frecuentes
Cuidado. Si firmas una liquidación o convenio ante un Tribunal Laboral, este tiene fuerza legal. Pero si firmas documentos fuera del tribunal reconociendo menos de lo que te corresponde, puedes impugnarlos. Los derechos laborales son irrenunciables (Art. 5 LFT), por lo que cualquier acuerdo por menos de lo establecido puede ser nulo.