Calculadora RESICO

Régimen Simplificado de Confianza · Tasas del 1% al 2.5% · Límite $3.5M anuales · Comparativa vs honorarios

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Para verificar que no superas el límite anual de $3,500,000
ISR RESICO mensual
$200.00
Ingreso mensual$20,000.00
Tasa RESICO aplicable1.00%
ISR RESICO$200.00
IVA a declarar (16%)$3,200.00
ISR en honorarios (35% ded.)$1,194.38
Ahorro vs honorarios$994.38
Ingreso anual estimado$240,000.00
Límite RESICO anual$3,500,000
Neto mensual (sin IVA)$19,800.00

¿Qué es el RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal creado en 2022 para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales de personas físicas con ingresos menores a $3,500,000 anuales. Ofrece tasas muy bajas de ISR (del 1% al 2.5%) sin necesidad de deducir gastos.

Tasas de ISR en RESICO 2026

Ingreso mensual Tasa ISR Ejemplo $20k
Hasta $25,0001.00%$200.00
$25,001 − $50,0001.10%
$50,001 − $83,3331.50%
$83,334 − $208,3332.00%
Más de $208,3332.50%
ISR RESICO = Ingreso del periodo × Tasa aplicable

El pago es definitivo — no se ajusta en declaración anual
Límite: ingresos anuales ≤ $3,500,000

¿Quién puede estar en RESICO?

Comparativa — Ingreso $20,000/mes: RESICO vs Honorarios

Ingreso mensual$20,000.00
ISR en RESICO (1%)$200.00
ISR honorarios (35% ded.)$1,299.24
Ahorro mensual con RESICO$1,099.24

En muchos casos RESICO es significativamente más conveniente. Sin embargo, no permite deducir gastos ni aplica deducciones personales en la declaración anual.

Preguntas frecuentes sobre RESICO

Sí. RESICO no exime del IVA. Si tus actividades están gravadas, debes trasladar el IVA al 16% y declararlo mensualmente. La ventaja de RESICO es solo en ISR. Sin embargo, tienes derecho a acreditar el IVA de tus gastos.
No. En RESICO el ISR se paga sobre el ingreso total sin deducciones. La ventaja es que la tasa ya es muy baja (1% a 2.5%). Tampoco puedes aplicar deducciones personales en la declaración anual (aunque en RESICO ya no hay declaración anual de ISR — el pago es definitivo).
Si en algún mes tus ingresos acumulados del año superan $3,500,000, debes cambiar al régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (honorarios) a partir del mes siguiente. Deberás declarar y pagar ISR bajo el nuevo régimen y hacer la transición formal ante el SAT.
Sí. En RESICO debes emitir CFDI (facturas electrónicas) por todos tus ingresos. El SAT precarga tu declaración mensual con la información de tus CFDI, pero debes revisarla y complementarla si es necesario. La obligación de facturar no desaparece en este régimen.

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